FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA
JUEVES 28 DE MAYO
TEMA: DERECHOS HUMANOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
APRENDIZAJE ESPERADO: Identificar los fines de los derechos humanos, así como el proceso de reconocimiento de niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos.
ACTIVIDAD: Mapa mental de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.
Instrucción: lee la siguiente información y elabora en una hoja un mapa mental de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
INFORMACIÓN
Niñas, niños y adolescentes, como tú, también son titulares de derechos
y hay instituciones que las y los protegen. Por ejemplo, la Procuraduría
de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y el
Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).
y hay instituciones que las y los protegen. Por ejemplo, la Procuraduría
de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y el
Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).
Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes están previstos en
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados
internacionales y en las demás leyes aplicables, esencialmente en la Convención
sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014),
la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos
y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no limitativa señala los siguientes:
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados
internacionales y en las demás leyes aplicables, esencialmente en la Convención
sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014),
la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos
y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no limitativa señala los siguientes:
I. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que
se proteja su vida,su supervivencia, su dignidad y a que se garantice
su desarrollo integral. No pueden ser privados de la vida bajo ninguna
circunstancia.
se proteja su vida,su supervivencia, su dignidad y a que se garantice
su desarrollo integral. No pueden ser privados de la vida bajo ninguna
circunstancia.
II. Derecho de prioridad
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a
que se les asegure de manera prioritaria
(antes que a los adultos) el ejercicio pleno de todos sus derechos,
para tal efecto siempre se considerará su
interés superior.
que se les asegure de manera prioritaria
(antes que a los adultos) el ejercicio pleno de todos sus derechos,
para tal efecto siempre se considerará su
interés superior.
III. Derecho a la identidad
Niñas, niños y adolescentes deben contar
con nombre y apellidos,
ser inscritos en el registro civil de forma
inmediata y gratuita, y se les deberá
expedir en forma ágil y sin costo la primera
copia certificada de su acta de nacimiento.
Siempre que se solicite un cambio de apellidos,
tendrán derecho a opinar y a ser tomados
en cuenta. La falta de documentación
para acreditar su identidad nunca será obstáculo
para garantizar sus derechos.
con nombre y apellidos,
ser inscritos en el registro civil de forma
inmediata y gratuita, y se les deberá
expedir en forma ágil y sin costo la primera
copia certificada de su acta de nacimiento.
Siempre que se solicite un cambio de apellidos,
tendrán derecho a opinar y a ser tomados
en cuenta. La falta de documentación
para acreditar su identidad nunca será obstáculo
para garantizar sus derechos.
Deberán contar con nacionalidad; en la medida de lo
posible conocer su origen,
a efecto de preservar su identidad, pertenencia
cultura y relaciones familiares.
posible conocer su origen,
a efecto de preservar su identidad, pertenencia
cultura y relaciones familiares.
IV. Derecho a vivir en familia
Todas las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho
a vivir en una familia y no podrán ser separados de ella
por falta de recursos para su subsistencia,
tampoco podrán ser separados de las personas
que los tengan bajo su guarda y custodia, sino por orden de autoridad
competente y mediante un debido proceso en el que haya sido
tomada en cuenta su opinión y su interés superior.
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a convivir
con su madre y padre, así como con las familias de aquéllos
(incluso cuando algún integrante se encuentre privado de su libertad)
en un ambiente libre de violencia, excepto cuando ese derecho
sea limitado por autoridad competente en atención a su interés superior.
a vivir en una familia y no podrán ser separados de ella
por falta de recursos para su subsistencia,
tampoco podrán ser separados de las personas
que los tengan bajo su guarda y custodia, sino por orden de autoridad
competente y mediante un debido proceso en el que haya sido
tomada en cuenta su opinión y su interés superior.
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a convivir
con su madre y padre, así como con las familias de aquéllos
(incluso cuando algún integrante se encuentre privado de su libertad)
en un ambiente libre de violencia, excepto cuando ese derecho
sea limitado por autoridad competente en atención a su interés superior.
V. Derecho a la igualdad sustantiva
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les proporcione
un mismo trato y a la igualdad de oportunidades, tomando en consideración
sus necesidades específicas para el ejercicio pleno de sus derechos.
un mismo trato y a la igualdad de oportunidades, tomando en consideración
sus necesidades específicas para el ejercicio pleno de sus derechos.
VI. Derecho a no ser discriminado
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a un trato igualitario,
nadie puede limitar o restringir sus derechos por su origen étnico,
nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual,
estado civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento,
discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos mismos
o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia,
o a otros miembros de su familia.
Para garantizar este derecho se deberán tomar en cuenta las necesidades
específicas de cada niña, niño y adolescente de manera individual o en grupo,
según sea el caso.
nadie puede limitar o restringir sus derechos por su origen étnico,
nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual,
estado civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento,
discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos mismos
o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia,
o a otros miembros de su familia.
Para garantizar este derecho se deberán tomar en cuenta las necesidades
específicas de cada niña, niño y adolescente de manera individual o en grupo,
según sea el caso.
VII. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano
y sustentable, y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar,
crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material,
espiritual, ético, cultural y social.
y sustentable, y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar,
crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material,
espiritual, ético, cultural y social.
VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma
de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr
las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr
las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.
IX. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más
alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de
servicios de atención médica gratuita y de calidad, con el fin de prevenir,
proteger y restaurar su salud, así como a su seguridad social, que
permita hacer efectivo su derecho de prioridad, su interés superior,
igualdad sustantiva y no discriminación.
alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de
servicios de atención médica gratuita y de calidad, con el fin de prevenir,
proteger y restaurar su salud, así como a su seguridad social, que
permita hacer efectivo su derecho de prioridad, su interés superior,
igualdad sustantiva y no discriminación.
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